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Kenneth Irving ken at fq.edu.uy
Wed Feb 27 08:35:04 PST 2013


Leonardo: gracias por la aclaración, es bien interesante lo que planteás. 
Pero justamente es mi punto: si encontramos mal que un proveedor de 
herramientas de desarrollo de software nos imponga restricciones en cuanto 
al tipo de licencias que quiero aplicar a mis desarrollos, también 
es criticable la medida contraria.

Una cosa es que un proveedor de software te imponga esa limitación, otra 
cosa muy diferente es que para desarrollar software bajo licencia libre 
también se imponga la obligación que sólo se puede hacer empleando 
herramientas con licencia libre. No veo la necesidad de hacer eso. Ambas 
son imposiciones completamente artificiales. Perfectamente pueden existir 
herramientas que no sean libres pero permitan la generación de software 
libre. No veo por qué imponer una limitación que no aporta valor a lo 
que el Estado obtiene.

En tu argumentación das a entender que todo desarrollo con herramientas 
privativas necesariamente impone restricciones al tipo de licencias que 
puede adoptar el código generado.

Mencionás ejemplos muy claros, en los que queda patente la desesperación 
de algunas empresas por evitar que el código que se genera con sus 
herramientas pueda llegar a ser liberado. Bastante patético, por cierto.

Si hay empresas que optan por ese esquema que mencionás, allá ellos. Al 
Estado le alcanza con exigir, de acuerdo a su derecho, que el código que 
adquiere o desarrolle sea libre. Eso automáticamente elimina todas las 
herramientas de desarrollo que no permiten esa opción, sin necesidad de 
incluir esa exigencia en el texto de la ley. Es una consecuencia lógica 
inevitable.

saludos

Kenneth

On Wed, 27 Feb 2013, leonardo trujillo wrote:

> Hola a tod at s..
> Kenneth, si entendí bien tú dices " ...me parece un error estratégico plantear que el software libre que se genere debe hacerse
> exclusivamente empleando herramientas de desarrollo libres...", creo que no hay vuelta de que cuando liberás código bajo alguna
> licencia de código abierto, el código debe estar desarrollado en una herramienta libre o que te permita distribuir el código
> libremente. Las licencias de productos de desarrollo de Microsoft no te permiten distribuir el código fuente.
> Se puede leer en el documento "Derechos de Uso de los Productos de licencias de Microsoft " de Julio 2011
> 
> i.     No podrá:
> 
> 
> ·        modificar o distribuir el código fuente de cualquier Código Distribuible de un modo tal que alguna parte del mismo pase a
> estar sujeta a una Licencia Excluida. Una Licencia de exclusión es aquella que requiere, como condición de uso, modificación o
> distribución, que:
> 
> o   El código se revele o distribuya en forma de código fuente.
> 
> o   Terceros tengan derecho a modificarlo.
> 
> 
> 
> Por tanto, no podés liberar el código de una aplicación desarrollada con un producto MS.
> Para Dúo Enterprise (combina los datos de SAP y procesos con contenido de Microsoft SharePoint) dice: " Cualquier desarrollo, en la
> medida que usted lo cree (o un tercero en su nombre, siempre que tal desarrollo por parte del tercero se lleve a cabo en relación con
> el uso de Dúo o en vista del mismo) que consuma entidades BDC o modifique entidades de aplicación (es decir, unidades estructurales o
> partes web) brindadas por Dúo Enterprise calificará como "complemento", según el uso que se le da a ese término bajo los términos de
> su EULA para los Programas de Terceros, que son requisito previo para Dúo Enterprise. En el caso de que su EULA para los Programas de
> Terceros, que son requisito previo para Dúo Enterprise, no incluya una referencia a los “complementos”, dicho desarrollo se calificará
> como una “extensión”, según se utilizar ese término en su EULA para los Programas de Terceros que son requisito previo. "
> 
> Desconozco el caso de Arctech y su Genexus, pero supongo que no se pueda distribuir libremente una base de conocimiento, en este caso
> no liberás el código fuente, sino la KB y por tanto tenés que tener GX (comprar la licencia) para poder levantarla, porque es a partir
> de ella que se genera el código, que ese sí lo podés liberar, aunque por lo que dicen es más beneficioso para dar mantenimiento a una
> aplicación de gran porte pagar la licencia para dar mantenimiento que entrarle al código directamente.
> 
> Por lo anterior, creo que más que "estratégico" es un elemento legal desde el punto de vista de las limitaciones de las licencias, que
> hace que para desarrollos libres tengas que usar herramientas que te permitan liberar el código.
> Espero haber sido claro.
> Saludos
> 
> 
> 
> El 27 de febrero de 2013 11:58, Kenneth Irving <ken at fq.edu.uy> escribió:
>
>       Enrique: completamente de acuerdo con el texto y creo que es oportuna la observación de Fernando en cuanto a la media
>       sanción de diputados.
>
>       Sobre las contradicciones de este texto con la redacción de a ley, me parece bien que sean aparentes, pues justamente la
>       ley en su redacción actual tiene unos cuantos defectos graves, especialmente el texto "basada en aspectos técnicos que no
>       puedan ser resueltos con software libre" que es evidentemente equivocado.
>
>       Además me parece un error estratégico plantear que el software libre que se genere debe hacerse exclusivamente empleando
>       herramientas de desarrollo libres. Estamos artificialmente levantando una pared completamente innecesaria. Estamos
>       segmentando a los desarrolladores en dos grupos y no necesariamente esta medida ayude a hacer que la gente pase de un
>       grupo al otro.
>
>       Una ley que incluye frases con nombre y apellido termina a la larga siendo una ley pobre. Nuestra legislación está llena
>       de dichas leyes y todos terminamos pagando el pato, porque en definitiva la ley luego se aplica por igual a todo el mundo.
>
>       No termino de entender por qué hay que demonizar a un sector o una empresa. Las leyes simplemente deberían regular o
>       establecer direcciones hacia donde el país debería dirigirse, en bien de todos sus ciudadanos.
>
>       ¿Qué hay de malo en que una empresa genere software y lo distribuya bajo una licencia privativa? La respuesta es NADA. Es
>       el perfectametne legal y es aprte de la estrategia de negocios de una empresa, que debe ser completamente libre de elegir
>       su modelo de negocios.
>
>       ¿Es un modelo de negocios abusivo? No necesariamente, pero claramente puede serlo, pues favorece exclusivamente al
>       proveedor o dueño del producto (ni siquiera se puede decir que favorezca al desarrollador del mimso) otorgándole un
>       control sobre el consumidor que puede llegar a ser abusivo.
>
>       ¿Tiene el consumidor que someterse a este tipo de restricción? La respuesta es NO. Así como el proveedor es libre de
>       elegir un modelo de negocios y pretender vender sus productos bajo una licencia privativa, el consumidor puede elegir
>       libremente no aceptar esas condiciones y pretender otras: que el producto sea adquirido con una licencia libre.
>
>       Es justamente esa libertad, la libertad del Estado de elegir bajo qué tipo de licenciamiento pretende adquirir o
>       desarrollar software, lo que debe plantear esta ley.
>
>       Cualquier otra pretensión está de más.
>
>       saludos
>
>       Kenneth
>
>       On Wed, 27 Feb 2013, Fernando Da Rosa Morena wrote:
>
>             Enrique:
>
>             Me parece bien en general el planteo, solo una aclaración, se debería decir "Ante la media sanción por parte
>             de la Cámara de Diputados
>             de la Ley de Software LIbre y formatos abiertos en el Estado" dado que justamente por eso es necesario el voto
>             de los senadores para
>             que la ley sea aprobada. Si bien no esta mal decir que fue aprobada en diputados, puede generar una confusión,
>             dado que algunas veces
>             se aprueba finalmente en diputados, y en este caso no es así, al menos por ahora.
>
>             Haría algunos cambios en la redacción, pero en general estoy de acuerdo con el planteo.
>
>             Tenemos eso si que pensar que vamos a contestar, cuando nos pregunten porque no tienen la libertad de usar
>             cualquier software para
>             producir el código fuente de los programas. Lo cual contradice un poco tu texto, el proyecto de ley, en su
>             redacción actual,
>             expresamente dice que para desarrollar software, el software que se use también deberá ser libre. Texto
>             dedicado expresamente a
>             Genexus. Creo que eso nos va a generar una gran oposición tarde o temprano de parte de todos los que trabajan
>             en informática en el
>             ámbito del Estado usando Genexus. Por otra parte también tenemos el antecedente de Librefar, creo que es un
>             tema a analizar en
>             detalle.
>
>             También se contradice un poco con tu texto, la redacción del proyecto de ley en su estado actual, cuando
>             sostiene la excepción se
>             podrá realizar "basada en aspectos técnicos que no puedan ser resueltos con software libre." Nos van a
>             preguntar ¿si la tecnología es
>             la misma que sentido tiene ese texto?.
>
>             Pero tu texto refleja, creo, lo que creo pensamos la mayoría de los que estamos desde hace años tratando de
>             que se favorezca el uso de
>             software libre en el Estado.
>
>             Saludos
>             Fernando
>
>             El 27 de febrero de 2013 10:47, Enrique Verdes <emverdes at ieee.org> escribió:
>                   En la primer reunión hablamos de producir un comunicado. En función
>                   del comunicado de ASIAP propongo este texto para trajabar y emitir
>                   nuestro propio comunicado.
>
>                   A los legisladores y a la a opinión pública en general,
>                   Ante la aprobación por parte de la Cámara de Diputados de la LEY DE
>                   SOFTWARE LIBRE Y FORMATOS ABIERTOS EN EL ESTADO, las organizaciones de
>                   la comunidad de usuarios de software libre y de código abierto-
>                   expresamos que:
>                   Compartimos y apoyamos la iniciativa que el Estado interactúe con los
>                   ciudadanos a través de formatos libres que no obliguen a éstos a
>                   instalar en sus computadoras programas o sistemas operativos que no
>                   desean o les cuesten dinero para poder acceder a la información
>                   pública. Además de garantizar un acceso igualitario a la información
>                   del estado, el uso de formatos abiertos permite la preservación y
>                   acceso futuro a la información, y la soberanía del estado sobre la
>                   información que recibe de los ciudadanos y la que él mismo produce.
>                   El software libre es una forma de distribución de programas de
>                   computación, diferente de la que se utiliza habitualmente por parte de
>                   las empresas que lo producen, y que consiste en la venta de licencias,
>                   o expresado de otra manera, de permisos de uso, bajo ciertas
>                   condiciones que son impuestas por el productor. Los programas de
>                   computación que se distribuyen bajo licencias de software libre
>                   garantizan a quien lo adquiere la libertad de utilizarlo en cualquier
>                   condición que considere conveniente, de poder estudiar y modificar el
>                   programa para su mejor uso, de redistribuir el programa a otros,
>                   impidiendo que estas libertades puedan ser coartadas, o sea
>                   garantizando a todos quienes lo reciben los mismos privilegios.
>                   Podemos decir que el software libre es el único que hace a quien lo
>                   recibe propietario del mismo, cuando por otro lado, quien recibe
>                   software en condiciones tradicionales se convierte en un simple
>                   usuario del mismo, quedando a merced de las condiciones que le imponga
>                   el proveedor.
>                   Las ventajas del software libre, por lo tanto, quedan claramente
>                   expuestas, en primer lugar en darle al estado soberanía sobre los
>                   programas de computación que procesan los datos que el recibe de sus
>                   ciudadanos y los que produce. También le proporcionan independencia
>                   tecnológica, ya que si un proveedor no cumple a satisfacción puede
>                   buscar otro más adecuado, sin tener que adquirir nuevos programas y
>                   realizar costosas migraciones. En tercer lugar, el software libre
>                   permite el intercambio y la reutilización de todo o parte de los
>                   programas de computación y la colaboración en el desarrollo de los
>                   mismos, con lo cual la producción de programas se hace más eficiente,
>                   optimizando los recursos humanos y materiales del Estado.
>                   Queremos aclarar, ya que esta es una confusión común, que software
>                   libre no se trata de una tecnología en particular, sino de una forma
>                   de distribuir software. El distribuir un programa de computación como
>                   software libre no impide cobrar por el mismo, ni establece ningún
>                   límite tecnológico en la selección de herramientas informáticas.
>                   Cualquier profesional informático puede producir software libre con
>                   cualquier herramienta que desee.
>                   Entendemos además, que la situación actual favorece a las empresas más
>                   grandes, que son las que tienen acuerdos de distribución con las
>                   corporaciones productoras de software, mayormente extranjeras. Al
>                   privilegiar la adquisición de software libre, las empresas más
>                   pequeñas tienen mejores opciones de competir con productos que pueden
>                   modificar y adaptar mejor a las necesidades del contratante.
>                   Por lo anteriormente expuesto, entendemos que en la situación actual
>                   donde las tecnologías de la información y comunicaciones son tan
>                   importantes para la sociedad, el uso de software libre es el único que
>                   garantiza la soberanía, independencia tecnológica y la eficacia y
>                   eficiencia en el cumplimiento de sus cometidos.
>                   Exhortamos a los señores Senadores a atender a estos principios
>                   fundamentales y aprobar la LEY DE SOFTWARE LIBRE Y FORMATOS ABIERTOS
>                   EN EL ESTADO.
> 
>
>                   --
>                   Enrique M. Verdes
>                   http://www.elgallego.info
>
>                   … Hace ya mucho tiempo, de cuando no vendiamos nuestro voto a ningún
>                   hombre, hemos abandonado nuestros deberes;
>                   la gente que alguna vez llevó a cabo comando militar, alta oficina
>                   civil, legiones— todo, ahora se limita a sí misma y ansiosamente
>                   espera por sólo dos cosas: pan y circo.
>
>                   Juvenal, Satira 10.77–81
> 
>       --
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