[uylug-varios] Ley de Software Libre

Fernando Da Rosa fedaro at adinet.com.uy
Sat Dec 15 00:44:02 PST 2012


Creo que vista la discusión que se esta generando es bueno hacer algunas
puntualizaciones.

Tal vez lo más positivo de todo esto es que se esté discutiendo a nivel
legislativo sobre el tema Software Libre y de ahí que también se discuta en
muchos otros ámbitos. Cuando plantee a Daisy el primer proyecto de Ley, en
el 2004, que incluía usar Software Libre en la educación, recordemos
que estábamos en un contexto donde no existía, ni se pensaba en el Plan
CEIBAL, la propuesta era bastante innovadora. Estábamos proponiendo usar
formatos abiertos y estándar varios años antes de que se aprobará su
recomendación de uso en el ámbito de la unión europea.

En septiembre de 2006, parece mentira pero hace ya más de seis años,
escribí en mi blog lo siguiente:

"Dicho proyecto es el resultado de un largo proceso en el cual participaron
distintos actores que aportaron criticas y consideraciones en varios
momentos y por diversos medios. Seguramente en estos comentarios me quede
alguien en el tintero, pero de todas maneras creo que es conveniente
escribir estás líneas.

La primera versión contó, en su elaboración, con el asesoramiento de quien
suscribe, principalmente en la concepción inicial de que el Estado aceptara
formatos abiertos y estándar, y la formulación del articulado también en su
versión inicial. En la fundamentación de la primera versión, fue
fundamental el aporte principalmente de Rodolfo Pilas, presidente del UYLUG
y Federico Heinz Presidente de la Fundación Software Libre América Latina,
además de Diego Roselli anterior presidente del UYLUG. También contó con el
aporte de los demás asesores del equipo de la Diputada Daisy Tourné,
principalmente desde el punto de vista de formulación legal del articulado.

La versión actual que ha sido presentada, sufrió muchas modificaciones,
tanto en el articulado como en la fundamentación, resultado de varias
conversaciones con Gabriel Sere y un nuevo intercambio de opinión con
Rodolfo Pilas y Federico Heinz, siendo en este caso una versión más
ambiciosa, en cuanto al cambio a favor del uso del Software Libre en el
Estado, la primera versión del proyecto de ley se centraba más que nada en
el tema formatos y enseñanza." (Fuente:
http://www.fedaro.info/2006/09/27/proyecto-de-ley-de-software-libre-en-la-administracion-publica/
)


De ese proceso surgió el proyecto de ley en su redacción hasta hace unos
días, y ojo no me parece mal que se modifique y se reciban aportes de otros
actores, creo que el error fue no discutir dichas modificaciones en el seno
de la comunidad. Quienes quisieran modificar la propuesta, publicada en el
2006, tuvieron años para hacer sugerencias y planteos de modificación y
discutir los mismos en el ámbito de la comunidad.


En cuanto a lo que tu planteas Marcelo con relación a la referencia a que
la navegación deberá ser posible en al menos "un navegador de Internet
licenciado como libre", esa fue una modificación propuesta por Gabriel
Sere, asesor en ese momento del legislador Jorge Orrico, lo que yo quería
incluir era una referencia a que se debía asegurar la interoperabilidad,
usabilidad y accesibilidad cumpliendo con las recomendaciones de la W3C, él
encontró dichas recomendaciones demasiado difíciles de cumplir y fue
bastante irreductible en mantener ese texto, el cual quedo de esa manera
como forma de llegar a un acuerdo, preferí ese texto a nada. Hoy en día las
cosas han cambiado y la propia AGESIC recomienda seguir las normas de la
W3C.


Ahora bien, viendo los otros dos puntos que ahora nos molestan, el agregado
sobre patentes, ahora veo que corresponde a una propuesta de la OPP, que
planteaba agregarlo al artículo 1, y por lo visto los legisladores
decidieron crear el nuevo artículo 5, la propuesta de la OPP dice
textualmente "B) los formatos protegidos por patentes serán considerados
formatos abiertos siempre y cuando no impongan limitaciones legales para su
uso y además cumplan con lo indicado ... ". Desde mi punto de vista ese
literal B) debería ser eliminado del proyecto de ley, fundamentalmente
teniendo en cuenta los aportes de Rodolfo y Bea que están en el tema
patentes.


Con relación al otro punto, que me molesta, que dice "basada en aspectos
técnicos que no puedan ser resueltos con software libre" el mismo fue
tomado literalmente de un aporte realizado por CESoL, y también considero
que debería ser eliminado. Por las razones expuestas en un correo anterior.


Se hicieron otras modificaciones que me parece correctas, pasaron unos
cuantos años desde la versión anterior del proyecto y el contexto ha
cambiado, si bien algunas modificaciones son más que nada de estilo y para
evitar redundar. Otras son interesantes, me parece bien por ejemplo, haber
sacado la frase "además del software incluido en las
propuestas programáticas actuales" la idea fundamental era no
causar pánico en el ámbito educativo y evitar que las autoridades de la
educación se opusieran al proyecto (con ellas hable durante el proceso de
formulación del proyecto), estábamos en un contexto muy diferente del
actual, recordemos que el Plan CEIBAL y la incorporación de Ubuntu a las
salas de informática de Educación Media no estaban ni siquiera en la cabeza
de las autoridades de ANEP.


Me parece también muy positivo haber incorporado las recomendaciones de
Richard Stallman volcadas en la comisión de estudio del proyecto, sobre eso
escribí un artículo en noviembre del 2008 (
http://www.fedaro.info/2008/11/09/richard-stallman-en-montevideo/),
propuestas que toma también CESoL, de que los desarrollos del Estado deben
ser licenciados como libres.


En fin, creo que el proyecto ha mejorado en algunos aspectos. Pero hay dos
cosas que se deberían corregir. No se si estamos a tiempo de hacerlo antes
del miércoles. Me preocupa sobre todo el tema patentes.


Saludos

Fernando









El 15 de diciembre de 2012 00:15, Marcelo Zunino
<marcelo.zunino at gmail.com>escribió:

> El día 15 de diciembre de 2012 00:05, Rodolfo Pilas <r at pil.as> escribió:
> >
> > Marcelo:
> >
> > La verdad, no lo había visto así. Es bastante grueso. Entiendo el
> > sentido de la idea, pero aún sin expertisia en la cuestión jurídica,
> > es claro que esa redacción puede terminar pariendo un bello bug legal.
> >
> >
> > Me pregunto cómo el término "patente" apareció en un proyecto de ley que
> > busca reglamentar cómo el Estado contrata software y cómo intercambia
> > información electrónica son sus ciudadanos.
> >
> > Sabés por qué hay monopolio de patente de software en EE.UU. ???  Porque
> > alguien incluyó en el ordenamiento legal protección a los "métodos de
> > negocio".   De ahí a un click o doble click para comprar … a un
> algoritmo a
> > un software, fue como un tobogán. Salvando las distancias de ordenamiento
> > jurídico, nosotros estamos a punto de tener una Ley que en su capítulo de
> > "Definiciones" incluye la definición de "formatos protegidos por
> patentes".
> >
> > Recuerdo cuando hace años Telefónica de España presentó dos patentes para
> > chips de tarjetas "inteligentes" y pretendió incluir en la protección de
> la
> > patente el formato en que los datos eran guardados en el chip.  Con
> apego a
> > nuestra legislación la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial
> denegó
> > esa patente, por tratarse algo no patentable.  Luego de la aprobación de
> > este proyecto de Ley, unas patentes equivalentes habilitarían los
> Recursos
> > de Revocación correspondiente para que la DNPI acepte la patente.
> >
> > En su momento escribí una nota de cómo nuestro ordenamiento legal incluyó
> > los "Dispositivos para proteger y gestionar Derechos de Autor" que fue
> > publicada en el Anuario de Propiedad Intelectual de 2003 [1].   Cuando
> salga
> > esta Ley, voy a tener la oportunidad de escribir cómo nuestro
> ordenamiento
> > legal incorpora y reconoce las patentes sobre formato de datos, o sea la
> > ordenación de bits fijados en un medio digital y podré reflexionar sobre
> si
> > un programa no es un formato de datos guardado y por lo tanto también
> merece
> > o no una patente.
> >
> > Tenemos en nuestro país el "software" vinculado a "derechos de autor"…. y
> > todavía me pregunto cómo la palabra "patente" vino a heder a este
> proyecto
> > de Ley.
> >
> > Por algo Richard Stallman dice que hay que tratar cada tema por separado.
> >
> >
> > Rodolfo.
> >
> > 1.
> >
> http://www.pilas.net/20040512/dispositivos-tcnicos-e-informacin-electrnica-para-proteger-y-gestionar-derechos-de-autor/
>
> No tengo un pelo de duda acerca de estas puntualizaciones que hacés.
> Es un error grueso y peligroso.
> Hay dos elementos que no puedo valorar dada mi ignorancia jurídica,
> pero que igualmente no me quedan claros.
>
> Uno es trivial, pero allí esta. La mención a las patentes se hace en
> el articulo de definiciones a efecto de la presente ley. Desconosco el
> alcance de esa restricción que establece el propio título del
> artículo.
>
> La otra duda es sobre el alcance de aquellos elementos que han sido
> registrados cómo patentes en países que lo permiten, que puedan haber
> sido llevados a tratados que nuestro país haya honrado. En caso de ser
> necesario y/o posible, ¿cual sería el formalismo para evitar estas
> limitaciones?
>
>
>
>
>
> --
>    Marcelo Zunino
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