[uylug-varios] [uylug-socios] Borrador de comunicado en apoyo a la Ley de Software Libre y Formatos Abiertos en el Estado

Kenneth Irving ken at fq.edu.uy
Wed Mar 6 05:26:25 PST 2013


Adhiero plenamente al texto propuesto.
saludos

Kenneth

On Wed, 6 Mar 2013, Enrique Verdes wrote:

> Adjunto el borrador del comunicado, con aportes de integrantes de
> varios grupos que apoyamos la ley. Se agradecen comentarios.
>
> <cita>
>
> Las comunidades de software libre del Uruguay desean compartir su
> alegría y expresar su satisfacción ante la perspectiva de disponer
> finalmente de una Ley específica dedicada a la adopción del software
> libre en el Estado.
>
> Saludamos con entusiasmo el avance realizado en el sentido de la
> libertad, por la Cámara de Representantes el día 18 de diciembre de
> 2012, al otorgar media sanción parlamentaria al Proyecto de Ley
> “Software libre y formatos abiertos en el Estado”, y manifestamos
> nuestro deseo de su pronta aprobación en la Cámara de Senadores.
>
> El colectivo de Comunidades de Software Libre ofrece por este medio su
> colaboración para lo que se entienda necesario en la etapa actual y
> para su futura reglamentación.
>
> Apoyamos además, esta herramienta que entendemos colaborará en la
> Reforma del Estado, asegurando la transparencia necesaria e
> imprescindible y dando garantías al Estado y a los trabajadores que
> los procesos que ejecutan los programas están disponibles para su
> análisis y sus datos bajo control soberano del país.
>
> Entendemos que esta Ley beneficiará a todos los ciudadanos,
> permitiendo el acceso igualitario a la información del Estado y no
> obligando a los mismos a instalar en sus computadoras software que no
> desean o les cuesten dinero para poder acceder a la información
> pública.
>
> Software libre es aquel que puede ser ejecutado con cualquier
> propósito, modificado y distribuido, tanto el original como sus
> modificaciones, sin restricción alguna, para lo cual es requisito el
> acceso a su código fuente. Podemos decir que el software libre es el
> único que hace a quien lo recibe propietario del mismo, cuando por
> otro lado, quien recibe software privativo (no libre) se convierte en
> un simple usuario del mismo, quedando sujeto a las condiciones que
> fija el proveedor.
>
> En tal sentido, las ventajas del uso de software libre en el Estado
> quedan claramente expuestas, en primer lugar en darle al estado
> soberanía sobre todo software que procese los datos que recibe de sus
> ciudadanos y los que produce. También le proporciona independencia del
> proveedor sin tener que adquirir nuevo software y realizar costosas
> migraciones. En tercer lugar, el software libre permite el intercambio
> y la reutilización de todo o parte del software y la colaboración en
> el desarrollo del mismo, con lo cual su producción se hace más
> eficiente, optimizando los recursos humanos y materiales del Estado.
>
> Cabe destacar que este proyecto de ley habla de “...Software libre en
> el Estado...”, quedando fuera de su alcance el resto del país. Sin
> embargo la paulatina implantación por parte del Estado uruguayo de
> software libre traerá aparejados cambios a nivel del sector de las
> tecnologías de la información que hoy brindan este servicio al Estado.
> Por lo cual, es normal la incertidumbre manifiesta por alguna parte
> del sector privado ante un cambio en su modelo de negocios. No
> obstante, este cambio es beneficioso para el Estado y la industria por
> varias razones:
>
> Se empleará mano de obra más calificada y sus beneficios quedarán en
> el país ya que el gasto estatal millonario que hoy se hace en
> licencias, se reorientará hacia el sector privado nacional al abrirse
> la posibilidad de vender y dar soporte al Estado por parte de empresas
> nacionales, en especial las pequeñas empresas.
>
> Mejorará la distribución de la riqueza, porque desplazará el centro de
> gravedad desde las grandes consultoras y empresas del software hacia
> las pequeñas y medianas y a los equipos de trabajo estatales. La libre
> disponibilidad de componentes, una vez desarrollados, facilita y
> abarata la realización de otros desarrollos similares.
>
> Permitirá la acumulación y adquisición de masa crítica de conocimiento
> tecnológico. Al usar menos software “en caja negra” y más componentes
> abiertos, el trabajador uruguayo adquiere calificaciones y
> experiencias que en este momento pocos logran, mejorando la
> apropiación del conocimiento tecnológico.
>
> Imaginemos un mundo donde los mecánicos se enfrentan a un capó soldado
> y no pueden inspeccionar el motor de un auto, ese es el mundo actual
> en los casos que se utiliza software privativo.
>
> Software Libre no se trata de una tecnología en particular, sino de
> una forma de licenciar el software. El software libre garantiza las
> condiciones de uso y posibilidades de modificación del mismo, no las
> condiciones comerciales mediante las cuales se adquiera.
>
> La situación actual favorece a las grandes corporaciones
> multinacionales, en situación de oligopolio mundial de facto. Al
> privilegiar la adquisición de software libre, las empresas más
> pequeñas tienen mejores posibilidades de competir con productos que
> pueden modificar y adaptar a las necesidades del organismo estatal
> contratante. La aplicación de esta ley propiciará un ecosistema que
> fortalecerá pequeñas y medianas empresas innovadoras y competitivas,
> de fuerte valor agregado, en su inserción en la economía regional y
> global.
>
> El software libre es socialmente justo, técnicamente viable y
> económicamente sostenible.
>
> El uso de formatos abiertos, estándares y libres permite la
> preservación y acceso futuro a la información garantizando la
> soberanía del Estado sobre la información que recibe de los ciudadanos
> y la que él mismo produce.
>
> En la Educación, se justifica por la propia Ley de Educación, por
> ejemplo cuando establece que “el educando debe ser sujeto activo en el
> proceso educativo para apropiarse en forma crítica, responsable y
> creativa de los saberes”, o cuando promueve “la comprensión y
> apropiación social del conocimiento científico y tecnológico para su
> democratización”. Sólo con software libre se pueden cumplir estos
> planteamientos; el software privativo, por el contrario, genera una
> situación de dependencia de quién usa el software respecto a la
> empresa que monopoliza su desarrollo. La educación no debe estar
> sometida a ningún mercado, sino formar ciudadanas y ciudadanos
> emancipados, capaces de ejercer sus derechos y de participar, en
> democracia, a la vida social y económica. Por otro lado, en un sector
> tan dinámico como el de las tecnologías de la información, el mercado
> laboral que conocerá un estudiante a lo largo de su vida activa será
> muy cambiante y diferente al de hoy. Con Software Libre, al disponer
> de la totalidad de los conocimientos e informaciones, se puede lograr,
> como exige la Ley de Educación, “que las personas adquieran
> aprendizajes que les permitan un desarrollo integral relacionado con
> aprender a ser, aprender a aprender (...)” y “[alcanzar] una real
> igualdad de oportunidades para el acceso, la permanencia y el logro de
> los aprendizajes”. Con software privativo, los aprendizajes siempre
> serán dependientes de herramientas cerradas y sometido a intereses
> particulares. Además de las ventajas en el dominio de la tecnología y
> la soberanía sobre la información, las experiencias en otros países
> demuestran la eficiencia de una política de software libre1. Favorecer
> el Software Libre fomentará un crecimiento de la industria de las
> tecnologías de la información, con empresas duraderas, independientes
> de las transnacionales del software y adaptadas al mercado del tercer
> milenio.
>
> Por lo anteriormente expuesto, entendemos que en la situación actual
> donde las tecnologías de la información y comunicaciones son tan
> importantes para la sociedad, el uso de software libre en el Estado es
> lo único que garantiza la soberanía e independencia tecnológica y la
> eficacia y eficiencia en el cumplimiento de sus cometidos. Exhortamos
> a las señoras Senadoras y señores Senadores a atender a estos
> principios fundamentales y aprobar la LEY DE SOFTWARE LIBRE Y FORMATOS
> ABIERTOS EN EL ESTADO.
>
>
>
> FIRMA Y LOGO DE LAS COMUNIDADES DE SOFTWARE LIBRE DEL URUGUAY
>
>
>
> 1Ver, por ejemplo, el caso de la ciudad de Munich:
> http://linux.slashdot.org/story/12/11/23/1732222/limux-project-has-saved-munich-10m-so-far
>
> </cita>
>
>
> --
> Enrique M. Verdes
> http://www.elgallego.info
>
> … Hace ya mucho tiempo, de cuando no vendiamos nuestro voto a ningún
> hombre, hemos abandonado nuestros deberes;
> la gente que alguna vez llevó a cabo comando militar, alta oficina
> civil, legiones— todo, ahora se limita a sí misma y ansiosamente
> espera por sólo dos cosas: pan y circo.
>
> Juvenal, Satira 10.77–81
> _______________________________________________
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