[uylug-varios] Comunicado sobre Ley de Software Libre y Formatos Abiertos en el Estado

Kenneth Irving ken at fq.edu.uy
Sun Mar 3 09:24:54 PST 2013


On Sun, 3 Mar 2013, Marcelo Zunino wrote:

> El día 3 de marzo de 2013 12:44, Kenneth Irving <ken at fq.edu.uy> escribió:
>>
>> Es que en otro casos no existe el "código fuente" o el "código fuente" no es
>> tan evidente. El caso del software, por contar con el código fuente, nos da
>> esa dimensión extra que, mal interpretada, puede hacernos creer que nos
>> permite más libertad que la que realmente nos otorga.
>
> Justamente ahí está el lío. El "código fuente" en sí mismo, no es la
> limitante que restringe tu libertad y eventualmente la de terceros. Es
> la ausencia del derecho de acceso al mismo y a poder hacer con él lo
> que quieras.

Estamos de acuerdo. Esa es la única diferencia, en todo lo demás... estás 
en la misma. El tema sobre el que quiero hacer énfasis es que el derecho a 
disponer del código fuente no es otra cosa que el derecho a disponer del 
código fuente. No es más ni es menos. No es magia, no es alumbramiento 
intelectual, no es el camino al Nirvana ni un pase libre al Valhalla, no 
es más libertad que eso: disponer del código fuente (ciertamente no es 
menos).

A lo que voy es que de alguna manera cuando se habla de este tema, parece 
que las libertades que ofrecen las licencias libres van mucho más allá de 
lo que realmente otorgan. No menosprecio lo que otorgan, todo lo 
contrario (por eso las promuevo), pero tampoco les endilgo más propiedades 
que las que tienen.

En todo caso lo que reivindico es el sentido común. Sin embargo lo que 
digo puede y es aveces tan mal interpretado que hasta se me endilga 
defender el software privativo.

saludos

Kenneth


>
> Puede ser una sutileza, ok. Pero allí esta la diferencia. Incluso si
> le agregamos cualquier agravante o atenuante de toda índole, siempre
> que sea diferente de ese derecho o libertad, seguirá haciendo la
> diferencia. ¿Por qué?, porque cualquier agravante o atenuante pueden
> ser aplicados a ambas situaciones, de tal modo que iguale
> empíricamente ambas situaciones, menos uno, su licencia.
>
> Aún en los casos más abstractos, celebro esa diferencia sutil, la que
> al menos me permite conservar ese derecho o libertad.
>
>
> No se explicarlo de otro modo, no puedo aportar nada nuevo. Hasta aquí
> puedo llegar.
>
> Saludos!
> Marcelo.
>
>
> --
>   Marcelo Zunino
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